lunes, 6 de agosto de 2018

De Promaucaes a Puerto Nuevo

5 -HACIENDAS Y ESTANCIAS.

A partir de las mercedes de tierras  individuales en el siglo XVII, nacen las HACIENDAS  y  las grandes ESTAN-CIAS, resultado de reunir las mercedes familiares en una sola pertenencia.

Una de las más grandes fue la conocida como “SAN  LORENZO DE PUCALÁN”.

“El 20 de diciembre de 1667,en Pucalán, estancia del capitán don Francisco Núñez de Silva, el reverendo fray Agustín de Quintana, visitador general del Obispado, deja constancia que en la Doctrina solo falta un cáliz que dicen se prestó a don Pedro de Valdivia y 4 azadones….”.

Posteriormente se informa de nuevas visitas a la “PARROQUIA DE SAN LORENZO DE PUCALÁN” :

El 10 de diciembre de1671; el 30 de abril de 1675; el 24 de noviembre de 1682; el 11 de octubre de 1697 y el 20 de noviembre de 1699.

Ya a mediados del siglo XVII, la zona de Colchagua más poblada era de de Pucalán, lo que se debía a la labor realizada por el propietario de esas tierras, Capitán Loren-zo Núñez de Silva.

Otras visitas al lugar: el 20 de octubre  y el 25  de no viembre de 1706; el 25 de noviembre de 1709.

  El 20 de abril de 1716, se celebra por prime-ra vez la fiesta de “SANTA ROSA”, con misa cantada en la Estancia del Maestre de Campo don Juan Núñez de Silva. Se celebra en la Iglesia de Pucalán, por el padre Pedro de Guzmán, cu ra y Vicario de la Doctrina de Rapel.

Otra visita se realiza el 27 de enero de 1724.

En una fecha histórica, el 29 de noviembre de 1750, se habla por primera vez de “ROSARIO DE PUCALÁN”, co-mo sede religiosa y desaparece el nombre de “SAN LOREN-ZO DE PUCALÁN”.

Ese Rosario es el mismo llamado años atrás como “ROSARIO DE LO SOLÍS”, hoy en día, LITUECHE.

En el texto “DOCUMENTOS RELATIVOS A INDÍGE-NAS. CHILE CENTRAL, SIGLO XVII, publicado por don Juan Guillermo Muñoz Correa en 1999, podemos saber más de las primeros pasos del naciente pueblo que hoy conocemos como SAN VICENTE DE PUCALÁN.

Con fecha 19 de febrero de 1700,don Juan  Núñez de Silva “vecino encomendero de los, indios que fueron de do-ña María Salgado de Ribera y del capitán don Bartolomé de Rojas, parece ante vuestra señoría y dice que habiendo vacado dichos indios fue servido vuestra señoría de enco-mendárselos al suplicante despachándole título con la merced de ellos  y habiendo aprehendido su posesión res-pecto de no tener pueblo donde residir con las formalida-des prevenidas por leyes reales porque los unos se han criado y alimentado en la estancia de Pucalán y los otros se andan vagos con graves perjuicios de la encomienda y de los mismos indios, pues carecen de la asistencia espi-ritual y temporal que se les debe contribuir siendo difi-cultoso el remediarlo su encomendero y para que todo tenga el expediente necesario, por tanto:

A vuestra Señoría pide y suplica que en atención a que en dicha estancia de Pucalán tiene el suplicante todas las circunstancias necesarias para erección de pueblo de dichos indios en tierras, aguas, montes y pastos para el cultivo de granos y ganado que les contribuirá en confor-midad de ordenanzas y que en ella reportan manifiesta utilidad dichos indios….”

D.Juan Núñez de Silva.

Pucalán, febrero 19 de 1700.


            En CUADERNOS DE HISTORIA 15, 1997, JUAN GUI-LLERMO MUÑOZ, en el artículo “ENCOMENDEROS, AMOS Y PATRONES DE INDIOS EN LAS ESTANCIAS COLCHAGÜI-NAS, SEGÚN LA MATRÍCULA DE 1698” escribe : “don Barto-lomé de Rojas (Puebla Chacón,1631), dueño  de la estancia de San Mi-guel. También se dedicó a negocios mineros. En su estancia de Puesto, estaban indios de don Juan Chacón, su sobrino. Su encomienda había sido de doña María Salgado de Ribera y después fueron encomenda-dos a don Juan Núñez de Silva, quien formó pueblo con ellos en Puca-lán (1700).Casado con doña María de Córdova (Salas de la Barrera) ,también encomendera. Este documento se dio por recibido el 20 de febrero de 1700 por el Maestre de Campo, Licenciado don Juan del Corral Calvo de la Torre, Oidor de la Real Audiencia y Protector Ge-neral de los indios de él.
           Este procedió a citar ante mí a Juan Vidal de quien recibí jura mento en forma de derecho, haciendo la señal de la cruz y prometió decir verdad y siéndole preguntado al tenor de este memorial que era esta estancia mejor del reino por sobrarle tierras y agua y todas las conveniencias para dichos indios y que esta es la verdad del juramen to en que se afirmó y ratificó, que es de edad de cuarenta y dos años más o menos y lo firmó ante mí por no haber escribano del Partido en presencia de Antonio Maldonado y del Teniente Felipe Núñez”.

            Y así hay otros documentos similares, jura-dos por Antonio Maldonado y Felipe Núñez.

         “El Protector General de los Indios de este reino, digo que ha reconocido este pedimento e información dado por don Juan Núñez y que no halla inconveniente para el efecto de la educación de los indios en él contenidos a la estancia de Pucalán y que se les señale por pue-blo ,obligándolos a dicho don Juan Núñez a darle las tierras compe-tentes para sus sementeras y ganados y sitio con materiales para su habitación arreglándose en todo a lo prevenido por Ordenanzas Rea-les y la disposición observada y establecida por el Maestre de Campo General Ginés de Lillo en cuanto a la distribución de tierras de los in-dios y así en estos términos conviene en dicha reducción en dicha es-tácia, en cuya atención :

                A vuestra Señoría pide le mande hacer señalando dicha estancia por pueblo de dichos indios que es justicia.

                Otrosí: en cuanto a la nominación de cacique en el indio Si-món no halla inconveniente para que se nombre en el ínterin que otro comparezca  con mejor derecho que es justicia.                     

 Licenciado don Juan del Corral.

Autos: Proveyó lo decretado, el señor don Tomás Marín de Poveda (1650-1703), Caballero de la Orden de Santiago, del Consejo de su Majestad en el Supremo de Guerra, Gobernador y Capitán Ge-neral de este Reino de Chile y Presidente de su Real Audiencia, en la ciudad de La Concepción en dos días del mes de marzo de mil y sete-cientos años en este papel común a falta del sellado.
           
 Posteriormente, el 3 de mayo de 1700,el Goberna-dor  Tomás Marín de Poveda, decreta que: “en atención a la utilidad que se les sigue a los indios de su encomienda en señalarles por pueblo la estancia de Pucalán y las tierras dispuestas por Orde-nanzas cumpliendo el dicho encomendero con todo lo dispuesto por dichas Ordenanzas y Leyes recopiladas, desde luego eligió por pueblo para los indios la estancia de Pucalán….Conforme lo dispuesto por la Ley trece, título  tercero, libro cuarto de la nueva recopilación de es-tas Indias….”

             Después de la muerte del primer encomendero de Pucalán,(1664), éste lugar es conocido como SAN LOREN-ZO DE PUCALAN.Así lo atestigua la siguien te transcripción extraída del libro “DE RAPEL  A TOPOCALMA” del historia-dor EDGARDO CABELLO :

“el 10 de diciembre de 1671,en la Pa-rroquia de San Lorenzo de Pucalán, el muy reverendo Padre Fray Alonso Briseño visita los, libros parroquiales encontrándolos en or-den.  Firma ante el Notario de visita, Fray Diego Zapata.”

                El 24 de noviembre de 1682, por encargo del Obispo Carrasco  visita  San Lorenzo de Pucalán, el  Dr. Bartolomé Hidalgo y Escobar. El 11 de octubre de 1697, en sede vacante, el visitador es Nicolás de Arrué, quien instruye a los curas.

               Como consecuencia de todas estas visitas, se ordena hacer los inventarios en todas las parroquias y vice-parroquia de la Doctrina de Rapel.(Parroquia Nuestra Señora de las Mercedes ,de Ra-pel.16 de noviembre de 1699 y Parroquia San Lorenzo de Pucalán.(20 de noviembre de 1699).

                Ya a mediados del siglo XVII, se nota una mayor actividad religiosa en la localidad de Pucalán, herencia del que había sido el gran propietario de la región, el Capitán Lorenzo Núñez de Silva Fonseca lo que induce a las autoridades a concederle la sede  parro quial  y una nueva denominación: EL ROSARIO.

No hay comentarios:

Publicar un comentario